XaD CAMOMILA

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11 de abril de 2011

Anais da VII Conferência Internacional do Foro Mundial de Mediação

Ponencias de Expertos en Mediacion
VII Conferencia Internacional del foro Mundial de Mediacion
“Mediación, Justicia y Gobernabilidad: una oportunidad para la paz”.


“El objetivo de este libro es divulgar los trabajos presentados en la VII CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL FORO MUNDIAL DE MEDIACIÓN (FMM), realizada en la Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela,   del 27 al 29 de noviembre de 2009, cuya temática central fue: MEDIACIÓN, JUSTICIA Y GOBERNABILIDAD: UNA OPORTUNIDAD PARA LA PAZ, como un aporte de los mediadores que cada dos años acudimos a la cita en cualquiera de los países miembros del FMM, del cual forman parte 77 países de los distintos continentes, inspirados por la promesa de la mediación para satisfacer las necesidades individuales y colectivas, como medio de tercera generación para prevenir, resolver y contener los conflictos, que en mucho supera el proceso judicial, como opción para convivir y hacer justicia con mayor calidad y equilibrio en el ejercicio del poder."

4 de setembro de 2010

Arbitrage y Mediación en las Américas

Experiencia de diversos países iberoamericanos en la adopción de mecanismos alternativos al judicial para resolver conflictos.


SUMÁRIO:

METODOLOGÍA Y JUSTIFICACIÓN DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN EN LAS AMÉRICAS - Francisco Javier Gorjón Gómez

HACIA UN CAMBIO DE PARADIGMA CULTURAL EN RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE DISPUTAS. EL MODELO DE LA “MEDIACIÓN PREJUDICIAL OBLIGATORIA, ANEXA O CONECTADA CON TRIBUNALES CIVILES Y COMERCIALES EN ARGENTINA”. DIEZ AÑOS DE EXPERIENCIA - Gladys Stella Álvarez

EL ORDEN FEDERAL Y LOS ARBITRAJES DE LOS TRIBUNALES DEL C.I.A.D.I. EN ARGENTINA - Alejandro Pérez Hualde

SITUACIÓN DE LA MEDIACIÓN Y EL ARBITRAJE EN ARGENTINA - Denise Lorena Los Pacheco

EVOLUÇÃO RECENTE DA ARBITRAGEM NO BRASIL - Welber Barral

LA MEDIACIÓN EN BRASIL - André Gomma de Azevedo

ARBITRAJE DOMÉSTICO E INTERNACIONAL EN CHILE: EN BÚSQUEDA DE LA ARMONÍA - Elina Mereminskaya

EVOLUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONTROVERSIAS CIVILES Y COMERCIALES EN CHILE - Karin Helmlinger Casanova e Javier Cruz Tamburrino

¿POR QUÉ EN COLOMBIA SE HABLA DE CONCILIACIÓN Y NO DE MEDIACIÓN? - Bibiana Bernal Mesa e Federico Restrepo Serrano

EL ARBITRAMENTO EN COLOMBIA - Carlos Andrés Uribe Piedrahita

EL PROCEDIMIENTO PREARBITRAL EN COSTA RICA - Roberto Yglesias Mora

LOS MECANISMOS DE RESOLUCIÓN ALTERNA DE CONFLICTOS EN COSTA RICA - Rolando Vega Robert

ESTRATEGIAS Y TÁCTICAS DEL MEDIADOR COMERCIAL - Armando Castanedo Abay

LA TUTELA CAUTELAR EN EL PROCESO ARBITRAL. UNA VISIÓN PANORÁMICA A LAS LEGISLACIONES LATINOAMERICANAS - Ernesto Salcedo Verdug

INTERNATIONAL COMMERCIAL NEGOTIATION AND ARBITRATION - Joseph L. Daly

LOS ÁRBITROS Y EL IUS IMPERIUM. ¿COMPATIBLES O INCOMPATIBLES? - Álvaro R. Castellanos Howell

LA CONCILIACIÓN EN HONDURAS - Mario A. Bustillo Muñoz

EL ARBITRAJE EN HONDURAS - José María Díaz Castellanos

PANORAMA GENERAL DEL ARBITRAJE EN MÉXICO - José Guillermo García Murillo e Luis Héctor Gómez Bivian

LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA MEDIACIÓN EN MÉXICO - José Benito Pérez Sauceda

LA CONCILIACIÓN EN MATERIA PENAL - Rosa Guadalupe Esparza Macías

MEDIACIÓN EN NICARAGUA. COMENTARIOS A SU APLICACIÓN - Alejandro José Castillo Zepeda

ARBITRAJE Y MEDIACIÓN EN LAS AMÉRICAS. TEORÍA Y PRÁCTICA. CASO NICARAGUA - Donald José Alemán MENA

LA MEDIACIÓN EN PANAMÁ - Ricaurte Soler Mendizábal

EL ARBITRAJE EN EL MERCOSUR - Carlos A. Filartiga Lacroix

LA NECESIDAD DE RECONOCER EL CONFLICTO - María del Pilar Callizo

LA NEGOCIACIÓN COMO MECANISMO ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS - Teodosio A. Palomino

LA MEDIACIÓN: EN LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY - Susai Ginzo Carrera

URUGUAY: EN LA BÚSQUEDA DE UNA POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE ARBITRAJE - Rubén B. Santos Balandro

LA MEDIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN Y LA PRÁCTICA EN VENEZUELA: UNA PERSPECTIVA DE SU SITUACIÓN ACTUAL Y UNA PROPUESTA PARA SU DESARROLLO - Marcos R. Carrillo Perera

ARBITRAJE COMERCIAL EN VENEZUELA - Irene Cirino Fasanaro


23 de maio de 2010

La experiencia uruguaya en materia de mediación y conciliación: una puesta al día

por Graciela Corti Acosta e María Teresita Facelli Núñez (advogadas; especialistas em Métodos Alternativos de Resolução de Conflitos)
"En la República Oriental del Uruguay, podemos encontrar fórmulas pacíficas de resolución de conflictos desde muy largo tiempo atrás. Recordemos en tal sentido, acontecimientos históricos que finalizaron en pactos, negociaciones que se cierran con declaraciones tales como "Clemencia para los vencidos, curad a los heridos" (Batalla de las Piedras, 1811) y "no habrá vencidos ni vencedores, pues todos deben reunirse bajo el estandarte nacional para el bien de la patria y defender sus leyes e independencia" (Guerra Grande, finalizada en 1851) de las que surge la importancia que se le otorga a la obtención de acuerdos en los que se enfatiza que no haya ganadores ni perdedores, invitando a la conciliación en defensa de la leyes e independencia de la patria.
De tal forma desde hace casi dos siglos ya se evidenciaba una tendencia a la negociación y a la conciliación como medio pacífico para el manejo de las diferencias. En esta línea de principios, desde el año 1830, el Uruguay incorpora a su primera Constitución, la conciliación previa ante la Judicatura de Paz (...)
Recientemente, por Acordadas 7.651 y 7.6.60 de 05.08.2009 y 02.10.2009 respectivamente, la Suprema Corte de Justicia asignó a los Jueces de Paz Adscriptos (excluyendo los del departamento de Montevideo) la facultad de conciliar y “la función de mediador como facilitador de la autocomposición de conflictos, precaviendo la eventualidad de los mismos”. Establece que en su calidad de mediadores, dichos jueces deberán “sin imponer soluciones, escuchar y ayudar a las partes confrontadas, para que sin necesidad de acudir a un juicio, lleguen voluntariamente a un acuerdo que las satisfaga”. Asimismo establece que dentro del cometido de mediador, orientará a quienes acudan a él voluntariamente, sin necesidad de asesoría letrada ni presentación por escrito y que la labor de mediación se realizará respecto de asuntos de familia, civiles de mínima cuantía, de vecindad, de trabajo y otras situaciones análogas, no pudiendo intervenirse en cuestiones reguladas por la ley No. 17.514 (violencia doméstica)."
Para ler o artigo na íntegra, clique aqui.

10 de agosto de 2008

Proceso de divorcio y mediación familiar: la influencia de las emociones en los acuerdos en el contexto de la mediación familiar

por Viviana Labay (Master en Psicoterapia Sistémica, Especialización en Mediación Familiar, Licenciada en Psicologia, Mediadora, Docente Titular Universidad del Aconcagua, Mendoza, República Argentina)

"En el presente artículo pretendemos compartir de manera muy sintética, algunos componentes teóricos, así como los hallazgos y recomendaciones de nuestro trabajo de investigación realizado en El Contexto del Cuerpo de Mediadores de la Cuarta Circunscripción Judicial de los Tribunales de Família de la Provincia de Mendoza –Argentina. En dicho trabajo se exploró la influencia de las emociones de las partes en la mediación familiar, implícitas en determinadas etapas del proceso de desvinculación. Debemos aclararle al lector que para el desarrollo de nuestro propósito, trabajamos con parejas, correspondientes al contexto urbano rural del Valle de Uco, que se hallaban desde diferentes lapsos de tiempo transitando un proceso de desvinculación, y que habían optado por el ámbito de la mediación familiar, en el contexto judicial, como escenario para el tratamiento de temas tales como visita, alimentos y tenencia."

Para ler o artigo na íntegra, clique aqui.

Fonte: site do CEJA

20 de julho de 2008

Los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en los Procesos Judiciales: experiencias argentinas

por Gladys Stella Alvarez (asesora y consultora internacional en temas relacionados con la administración de justicia, escuela judicial, acceso a justicia y medios alternativos de resolución de conflictos. Directora Académica del cuerpo docente de la Fundación Libra).

“La resolución alternativa de disputas (RAD) ocupa un lugar relevante en la reforma y modernización del sector justicia. Se incluye bajo este nombre toda forma de resolución de conflictos que no pase por la sentencia judicial, el uso de la fuerza o el abandono del conflicto. Se ha sostenido que es obligación de un Estado democrático y moderno, preocupado por el bienestar social, proveer a la sociedad de un servicio de justicia heterogéneo. Ello significa que el deber que tiene el Estado de tutelar los derechos amenazados de sus ciudadanos no se satisface con la sola organización de un Poder Judicial eficiente, probo, transparente, sino que exige que se ofrezcan y se apoyen también otros mecanismos de solución de controversias que pueden resultar, de acuerdo con la naturaleza del conflicto, más efectivos y menos costosos en términos económicos, rápidos en relación con el tiempo empleado en su solución, convenientes en cuanto impidan la recurrencia del conflicto, y socialmente más valiosos si posibilitan y mejoran la relación futura entre las partes.”

Para ler o artigo na íntegra, clique aqui.

Fonte: site da OEA

13 de julho de 2008

Dossiê: Resolução Alternativa de Conflitos na América

Vários autores.

  • O presente artigo traz uma compilação de dados sobre os Métodos Alternativos de Resolução de Conflitos (MARC) em alguns países da América Latina: Argentina, Bolívia, Chile, Colômbia, Peru, Uruguai, Guatemala, México, Nicarágua e Panamá.

Para ler o artigo, clique aqui. Texto em espanhol.

Fonte: site do CEJA

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