XaD CAMOMILA

20 de julho de 2008

Los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en los Procesos Judiciales: experiencias argentinas

por Gladys Stella Alvarez (asesora y consultora internacional en temas relacionados con la administración de justicia, escuela judicial, acceso a justicia y medios alternativos de resolución de conflictos. Directora Académica del cuerpo docente de la Fundación Libra).

“La resolución alternativa de disputas (RAD) ocupa un lugar relevante en la reforma y modernización del sector justicia. Se incluye bajo este nombre toda forma de resolución de conflictos que no pase por la sentencia judicial, el uso de la fuerza o el abandono del conflicto. Se ha sostenido que es obligación de un Estado democrático y moderno, preocupado por el bienestar social, proveer a la sociedad de un servicio de justicia heterogéneo. Ello significa que el deber que tiene el Estado de tutelar los derechos amenazados de sus ciudadanos no se satisface con la sola organización de un Poder Judicial eficiente, probo, transparente, sino que exige que se ofrezcan y se apoyen también otros mecanismos de solución de controversias que pueden resultar, de acuerdo con la naturaleza del conflicto, más efectivos y menos costosos en términos económicos, rápidos en relación con el tiempo empleado en su solución, convenientes en cuanto impidan la recurrencia del conflicto, y socialmente más valiosos si posibilitan y mejoran la relación futura entre las partes.”

Para ler o artigo na íntegra, clique aqui.

Fonte: site da OEA

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